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23 diciembre, 2009El último consejo de Gobierno del año adapta la normativa a la liberalización de la UE
Gobiernos y parlamentos nacionales y autonómicos vuelven sus ojos sin resuello hacia la Unión Europea. El 27 de diciembre cumple el plazo que dio la autoridad comunitaria hace dos años, en Lisboa, para que los responsables de los estados cambiaran las normas que regulan el establecimiento y la prestación de servicios. Y son muchas. En Castilla y León, concretamente, 20. El principio que ha guiado esta reforma es el de menos requisitos y más libre mercado.
El Consejo de Gobierno de la Junta aprobará hoy un decreto-ley -fórmula incorporada en la última reforma del Estatuto de Autonomía y que se estrena- que lava la cara con el jabón ‘liberalizador’ de la UE a veinte leyes de ámbitos muy diferentes. El objetivo no es otro que eliminar las barreras que, con todo tipo de requisitos, ponen regiones y estados a la apertura de negocios y a la prestación de servicios. El fin es caminar hacia un auténtico mercado interior europeo.
La redacción del decreto autonómico ha sido complicada. Modifica leyes de las doce consejerías de la Junta y debe adaptarse a la Directiva de Servicios de la UE y también a los cambios de leyes estatales, alguna de las cuales aún no se ha aprobado. Esto sucede con la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, que está aún en trámite en el Senado y no llegará a tiempo de entrar en vigor el día 27. Apuradas de fecha han salido la Ley Sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio, llamada coloquialmente ‘Ley Paraguas’ y aprobada en octubre, y la ‘Ley Omnibus’, que modificará 46 normas estatales y que aprobarse en el Congreso de los Diputados.
A estas normas estatales debe plegarse el decreto autonómico que cambia, generalmente para flexibilizar requisitos, la regulación sobre comercio y grandes superficies, hostelería y bares, consumo, ruido, caza, ferias, espectáculos públicos, servicios sociales o seguridad industrial entre otros sectores. Valga como ejemplo algunas de estas reformas, que persiguen también reactivar la economía, y que se exponen a continuación.
Ley de Comercio (2002). Los cambios que atañen al comercio son, quizás, los más llamativos de la aplicación de esta Directiva Europea liberalizadora a la legislación vigente. El decreto-ley que aprobará hoy la Junta suprime la licencia comercial para establecimientos de menos de 2.500 metros cuadrados y deja en fuera de juego el cupo de superficie por áreas que impedía la implantación de proyectos como el de Ikea, en Valladolid, al estar prácticamente agotado. Todos los requisitos económicos quedan eliminados en los trámites de grandes proyectos que están sujetos a autorización y el silencio administrativo será positivo y por lo tanto a favor del solicitante. En caso de transmisión de un gran establecimiento no será necesario solicitar licencia comercial y bastará con una comunicación a la Junta. Tampoco hay que tramitar un permiso especial para de ampliación que no superen el 25% de la superficie abierta.
Ley de Gobierno (2001). Prevé la creación de «centros de gestión unificada» para adaptar la organización de la Administración al modelo de ventanilla única con el que se quiere profundizar en la simplificación burocrática.
Ley de Prevención Ambiental (2003). La autorización de puesta en marcha, en actividades sujetas a licencia y permiso ambiental, se sustituye por una comunicación previa de ese inicio de actividad. Los redactores de los estudios de evaluación de impacto ambiental podrán no estar homologados por la Junta, algo hoy es obligatorio.
Ley de Caza (1996). La autorización necesaria hasta ahora para instalar granjas cinegéticas y palomares industriales y para caza intensiva se sustituye por una declaración responsable. Lo mismo ocurre con el permiso para la conducción y suelta de piezas de caza vivas.
Ley de Turismo (1997). El decreto sustituye la autorización administrativa preceptiva para poner en marcha actividades por parte de empresas turísticas por una declaración responsable de que se cumple la normativa.
Ley del Ruido (2009). Las entidades que hacen evaluaciones acústicas no estarán sujetas a autorización administrativa y se eliminan algunas «cargas» como la realización obligatoria de auditorias ambientales.
Ley de Apuestas (1998). Las empresas y salones recreativos que exploten sólo máquinas recreativas de videojuegos (tipo A) no precisarán autorización para su apertura.
Ley de Espectáculos Públicos (2006). El decreto-ley mantiene el requisito de autorización administrativa para los espectáculos públicos y los festejos taurinos.
Ley de Carreteras. La autorización para instalar rótulos y marcas comerciales en los establecimiento «fuera de las zonas de dominio público de las carreteras y del entorno protegido» se sustituye por una comunicación previa con un mes de antelación a la Administración de la que dependa esa carretera. Está sólo podrá denegar la instalación por motivos de seguridad.
Ley de Mediación Familiar (2006). El establecimiento y la prestación de servicios de mediación familiar no estarán sujetos a autorización administrativa. Bastará una declaración responsable que permitirá ejercer desde el mismo día de su presentación.
Ley de Animales de Compañía (1997). La apertura de instalaciones para recoger animales abandonados no está sujeta a autorización, aunque sí deberán inscribirse en el registro de «núcleos zoológicos».
Ley de Sanidad Animal (1994). No será necesaria la cartilla de explotación ganadera, documento que se superpone a las obligatorias identificaciones de los animales que tramitan ganaderos y tratantes.
Ley de Ferias Comerciales (1997). La autorización que ahora requiere poner en marcha una feria comercial oficial queda sustituida por una solicitud de reconocimiento que podrá pedir cualquier entidad organizadora y no sólo instituciones feriales.




