La Comisión de Juegos y Apuestas de la Región denuncia la ilegalidad y falta de protección a los usuarios de los juegos online
4 abril, 2010La norma que regulará el juego on-line en CyL incluirá garantías en el pago de premios y seguridad en el acceso
6 abril, 2010El órgano consultivo considera que supone un paso atrás en la seguridad jurídica del sector y en la prevención de la ludopatía
El Consejo Económico y Social (CES) ha aplicado un severo correctivo a la Consejería de Economía y Hacienda en su dictamen sobre el anteproyecto de la Ley del Juego de la Región de Murcia, hasta el punto de solicitar al Ejecutivo autónomo la retirada del texto normativo.
El dictamen, que lleva fecha del pasado 30 de marzo, basa sus objeciones en que el anteproyecto supone un paso atrás en la seguridad jurídica del ejercicio del juego tanto para las empresas como para los usuarios, y también en la prevención de las ludopatías, lo que considera «dos principios fundamentales que deben presidir la regulación de esta materia».
El anteproyecto de la Ley regional del Juego pretende actualizar la regulación de este sector y sustituir la actual ley vigente, que data de 1995, y fue presentado a finales de noviembre al órgano consultivo en materia económica y laboral del Gobierno regional.
El CES es taxativo en las conclusiones del dictamen al indicar en el punto 4 que «el anteproyecto de Ley de regulación del Juego de la Región de Murcia no resulta adecuado (…), y no debería por ello continuar con su tramitación».
Menos restrictiva
Una de las objeciones del órgano que preside el catedrático de Derecho Civil Antonio Reverte se refiere a la «radical variación en la atribución de competencias para el desarrollo reglamentario», que hasta ahora estaba exclusivamente en manos del Consejo de Gobierno.
Con la nueva norma, en cambio, se limitan las competencias del Consejo de Gobierno para el desarrollo reglamentario y se atribuye a la Consejería de Economía y Hacienda, competente en materia de juego, las mayores responsabilidades para reglamentar todas las actividades, tipos de juego y requisitos de las empresas.
Con este cambio, argumenta el CES, «se introduce un elevado nivel de inseguridad jurídica por la coincidencia de materias atribuidas de forma genérica al Consejo de Gobierno y de forma específica al titular de la Consejería competente en materia de juego».
El órgano consultivo, integrado por representantes de los empresarios, sindicatos, consumidores y otras organizaciones sociales, reprocha además el «número excesivo de remisiones al desarrollo reglamentario, lo que convierte a la ley en una norma excesivamente generalista», y concede además a la Consejería de Economía y Hacienda «una mayor discrecionalidad en cuanto sobre el contenido del desarrollo reglamentario» que la ahora tiene el Consejo de Gobierno con la legislación vigente.
El dictamen reprueba también «la supresión de criterios y límites expresos» en determinados aspectos del juego, como es la exigencia de un número mínimo de máquinas que deben instalarse en los salones de juego, que hasta ahora es de diez.
Otro ejemplo de la mayor permisividad de la nueva norma a la que alude el CES son las máquinas recreativas con premio programado, hasta ahora restringidas a un máximo de tres por local y a los establecimientos hoteleros, clubes y locales análogos.
Sin embargo, el anteproyecto legislativo amplía este tipo de máquinas a todo tipo de locales, cuyas características deberán fijarse en un reglamento, al tiempo que suprime el número máximo de máquinas que se pueden instalar.
El régimen de la publicidad del juego experimenta «un giro radical» con la nueva norma, pasando de una regulación restrictiva, como es la actual, a otra en la que «se amplían las posibilidades de realizar publicidad del juego», según el CES.
El órgano consultivo expresa su «preocupación y rechazo» por este hecho, por considerar que «tiene un difícil encaje en el enfoque preventivo que deben caracterizar las actuaciones públicas que puedan incidir en el desarrollo o el aumento de los trastornos adictivos».
El órgano consultivo muestra también «su preocupación por la carencia de una regulación que aborde de forma específica la práctica de los juegos y apuestas» por Internet.
Objeciones del CES
Seguridad jurídica. «Introduce un elevado nivel de inseguridad jurídica».
Ludopatías. «No supone un mayor grado de protección de los usuarios con problemas de adicción».
Desarrollo. «Hay un número excesivo de remisiones al desarrollo reglamentario, lo que convierte a la ley en una norma excesivamente generalista».
Menos limitaciones. «Se suprime la exigencia de un número mínimo de máquinas que deben instalarse en los salones de juego».
Publicidad. El CES expresa su «preocupación y rechazo por la ampliación de las posibilidades de realizar publicidad sobre el juego».
Internet. «Regulación claramente insuficiente» en materia de juegos y apuestas a distancia mediante las tecnologías de la información y comunicación.




