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20 noviembre, 2025El Gobierno endurece la ley del juego para evitar fraudes y pone fin al uso de medios de pago anónimos. Los cambios a la norma obligarán a los jugadores a utilizar exclusivamente medios de pago que estén a su nombre y sean de su titularidad.
El Gobierno endurece la ley del juego para evitar fraudes y pone fin al uso de medios de pago anónimos. Los cambios a la norma obligarán a los jugadores a utilizar exclusivamente medios de pago que estén a su nombre y sean de su titularidad. Asimismo, la obligación es doble, las compañías de juego única y exclusivamente podrán aceptar «medios de pago nominativos y de titularidad del participante».
Las empresas tendrán que comprobar que las tarjetas de crédito o débito, las transferencias bancarias, los monederos digitales o los pagos móviles corresponden realmente al jugador. De este modo, se pretende, entre otros asuntos, evitar suplantaciones de identidad que solo se detectan cuando Hacienda imputa en la Renta al contribuyente al que han suplantado la identidad el correspondiente pago del IRPF.
Una vez que entre en vigor la norma, los jugadores tendrán un plazo de seis meses para registrar los medios de pago de su titularidad. Durante ese tiempo podrán continuar participando en los juegos, pero no podrán cobrar los premios hasta que identifiquen estos medios. Una vez finalizados los seis meses sin cumplir con esta obligación, las empresas de juego tendrá que resolver el contrato y devolverles tanto los saldos como los premios que no hubieran cobrado, aunque la Administración podrá entrar a a investigar si se da un posible delito de fraude.
El Ejecutivo ha introducido estos cambios a la ley del juego dentro de la norma que regula los servicios de atención a la clientela, aprobada el pasado 13 de noviembre por el Congreso y que pasa ahora al Senado para continuar su tramitación.
Los cambios llegan, en parte, impulsados por la sentencia del Tribunal Supremo del 2 de abril de 2024 que anuló por falta de cobertura legal varios artículos del Real Decreto de 2020 que prohibió la publicidad de los juegos de azar y las apuestas en la televisión, radio o internet. Ahora, el Gobierno mete las modificaciones directamente en una ley.
Las novedades se dividen en dos materias, las relativas a la publicidad y las concernientes al control del juego.
En este último aspecto, se obliga a los operadores de juego a tener en España las cuentas bancarias en las que los jugadores ingresen los saldos y los premios obtenidos.
Además, se crea el Registro de Proveedores de Juego para que toda compañía que quiera ofrecer sus servicios de apuestas y juegos de azar en España se inscriban en él obligatoriamente, de lo contrario no podrán operar. Asimismo, los software y sistemas necesarios para desarrollar su actividad solo serán homologados en nuestro país si están inscritos en dicho registro.
Las compañías que no tengan un título habilitante para operar en territorio español incurrirán en una infracción grave y podrán ser multadas con entre 100.000 euros y 1 millón de euros de sanción, y con la suspensión de la actividad durante un plazo máximo de seis meses. Las empresas tendrán seis meses para adaptarse a la norma desde su entrada en vigor.
Publicidad
La ley indica que se aprobará un nuevo reglamento para fijar límites y prohibiciones en materia de publicidad. El Ejecutivo pretende prohibir las promociones a personas que no las hayan autorizado. Asimismo, las empresas solo podrán mandar ofertas a aquellos usuarios que tengan un cuenta de juego abierta durante, al menos, 30 días, y hayan sido verificados documentalmente.
Se podrá vetar que personas famosas e influencers anuncien juegos de azar y apuestas, así como la difusión de promociones en plataformas de vídeo como Youtube y Twitch y en redes sociales, si no garantizan que tienen mecanismos para evitar que lleguen a menores.
También se limitará los patrocinios y la inserción de carteles en espectáculos deportivos que sean objeto de apuestas o lotería.





