Número 24
8 diciembre, 2016EXCLUSIVIDAD DE EMPRESA OPERADORA ÚNICA DE MÁQUINAS TIPO B EN HOSTELERÍA Y SIMILARES
El TSJ de Catalunya –Sala de lo Contencioso Administrativo- Sección Quinta ha dictado Auto de fecha 2/12/16 por el que se desestiman los recursos de reposición presentados contra el Auto de suspensión cautelar de fecha 30/6/16, del art 27.2/ del Decreto 163/15, de 21 de julio.
Como les informamos en su día, el TSJC acordó suspender cautelarmente la aplicación del régimen de empresa operadora única de máquinas recreativas tipo B en establecimientos de hostelería y similares.
El Auto del 2/12/16 es susceptible de recurrir en casación ante el Tribunal Supremo. Desde Europer se está estudiando la conveniencia de su interposición.
Les mantendremos informados de las acciones que se lleven a cabo en los próximos días.
Si desea mayor información, restamos a su disposición.

