
CIRCULAR 15 | Ley de Presupuestos y Ley de Medidas Fiscales, Financieras, Administrativas y del Sector Público 2026
13 julio, 2026
Circular 18 | Nombramiento de la nueva jefa del Servei de Control de Joc i Apostes de la DGT i Joc
18 septiembre, 2026Se han publicado en el DOG de Catalunya, las siguientes normas:
- Orden ECF/168/2026, de 7 de septiembre, por la que se modifica la Orden ECF/163/2025, de 26 de septiembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación de los tributos sobre el juego gestionados por la Agencia Tributaria de Catalunya y se determina la competencia para su gestión, recaudación e inspección
La norma publicada modifica el modelo 040 que es el que corresponde a la autoliquidación de las tasas de juego de combinaciones aleatorias, rifas y tómbolas. El cambio pretende hacer, para el ciudadano, más fácil y comprensible su elaboración.
- Orden ECF/164/2026, de 3 de septiembre, por la que se da publicidad a las tasas con carácter general de los departamentos de la Generalitat de Catalunya y del Departament d’Economia i Finances
La Ley 10/2026 de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2026, incrementó las tasas de gestión de la Generalitat, entre las que figura la correspondientes a la prestación de servicios en materia de juego y apuestas.
La Generalitat tiene la obligación de publicar, mediante una orden, la lista de las tasas que gestiona, y dando cumplimiento a ello, ha publicado la Orden 164/2026. Norma que con respecto al juego establece los siguientes importes:
Dirección General de Tributos y Juego. Cuota:
- Emisión de documentos de homologación de material de juego o inscripción en el Registro de modelos: 262,00 euros.
- Inscripción, autorización y renovación de empresas:
- Inscripción en los registros y autorización de empresas de juego: 327,00 euros.
- Modificaciones de las condiciones de inscripción y autorización de empresas de juego: 65,35 euros.
- Emisión de documentos profesionales: 39,00 euros.
- Autorización, renovación o régimen de comunicación de locales y establecimientos:
- De casinos de juego: 6.545,50 euros.
- De salas de bingo: 1.308,90 euros.
- De salones de juego (máquinas B): 654,45 euros.
- [suprimido por la Ley 5/2020, del 29 de abril]
- De otros locales de juego: 65,35 euros.
- Modificación de autorizaciones de constitución y funcionamiento de locales y establecimientos de juegos: 65,35 euros.
- Expedición y duplicados de permisos de explotación: 130,65 euros.
- Diligencias relativas a la tramitación de la instalación o el emplazamiento y a los permisos para la explotación de las máquinas recreativas y de azar, y diligencias relativas a los libros: 65,35 euros.
- Examen de expediente de autorizaciones o de comunicaciones de rifas, tómbolas, combinaciones aleatorias y apuestas: 65,35 euros.
- Expedición de duplicados: 50 % de la cuota.
- Expedición de permiso de explotación por sustitución con emplazamiento: 260,45 euros.
- Expedición de permiso de explotación con emplazamiento: 195,55 euros.
- Obtención de la habilitación como entidad de inspección o como laboratorio de ensayos: 1.308,85 euros.
En función del tipo de habilitación solicitada deben pagarse, además, las siguientes tasas:
- Por ensayos previos de homologación de máquinas recreativas de los tipos B y C: 389,80 euros.
- Por la autorización de otros elementos y material de juego y apuestas o por inspecciones técnicas para la renovación de permisos de explotación de máquinas recreativas y de azar: 267,60 euros.
- Por la comprobación del funcionamiento correcto de los aparatos y los materiales de juego y apuestas: 348,55 euros.
- Por la inspección y el control técnico de las instalaciones, de acuerdo con lo que establece el artículo 20.3 de la Ley 1/1991, del 27 de febrero, reguladora del régimen sancionador en materia de juego: 389,80 euros.
- Por la autorización, modificación y cancelación de interconexiones de máquinas recreativas con premio y de azar: 131,80 euros.



