
Circular 14 | Cese del Sr. Amadeu Farré Morell
4 mayo, 2023
Circular 16 | Suspensión temporal permiso de explotación
25 mayo, 2023Los departamentos de la Generalitat tienen la obligación legal de publicar, mediante una orden, la relación de las tasas que gestionan, dentro del plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la ley que las modifique, cree o actualice.
Hoy se ha publicado en el DOG de Catalunya, la ORDEN ECO/99/2023, de 26 de abril, por la que se da publicidad a las tasas con carácter general de los departamentos de la Generalitat de Catalunya y del Departament d’Economia i Hisenda.
Para el 2023, y en virtud de lo dispuesto en la Ley 2/2023, del 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023, las tasas por la prestación de servicios en materia de juegos y apuestas son:
1. Emisión de documentos de homologación de material de juego o inscripción en el Registro de modelos: 256,85 euros.
2. Inscripción, autorización y renovación de empresas:
- 2.1. Inscripción en los registros y autorización de empresas de juego: 320,55 euros.
- 2.2. Modificaciones de las condiciones de inscripción y autorización de empresas de juego: 64,05€
3. Emisión de documentos profesionales: 38,20 euros.
4. Autorización, renovación o régimen de comunicación de locales y establecimientos:
- 4.1. De casinos de juego: 6.417,15 euros.
- 4.2. De salas de bingo: 1.283,20 euros.
- 4.3. De salones de juego (máquinas B): 641,60 euros.
- 4.4. [suprimido por la Ley 5/2020, de 29 de abril]
- 4.5. De otros locales de juego: 64,05 euros.
- 4.6. Modificación de autorizaciones de constitución y funcionamiento de locales y establecimientos de juegos: 64,05 euros.
5. Expedición y duplicados de permisos de explotación: 128,05 euros.
6. Diligencias relativas a la tramitación de la instalación o el emplazamiento y a los permisos para la explotación de las máquinas recreativas y de azar, y diligencias relativas a los libros: 64,05 euros.
7. Examen de expediente de autorizaciones o de comunicaciones de rifas, tómbolas, combinaciones aleatorias y apuestas: 64,05 euros.
8. Expedición de duplicados: 50 % de la cuota.
9. Expedición de permiso de explotación por sustitución con emplazamiento: 255,35 euros.
10. Expedición de permiso de explotación con emplazamiento: 191,70 euros.
11. Obtención de la habilitación como entidad de inspección o como laboratorio de ensayos: 1.283,15 euros. En función del tipo de habilitación solicitada deben pagarse, además, las siguientes tasas:
- 11.1. Por ensayos previos de homologación de máquinas recreativas de los tipos B y C: 382,15€
- 11.2. Por la autorización de otros elementos y material de juego y apuestas o por inspecciones técnicas para la renovación de permisos de explotación de máquinas recreativas y de azar: 262,35 euros.
- 11.3. Por la comprobación del funcionamiento correcto de los aparatos y los materiales de juego y apuestas: 341,70 euros.
- 11.4. Por la inspección y el control técnico de las instalaciones, de acuerdo con lo que establece el artículo 20.3 de la Ley 1/1991, del 27 de febrero, reguladora del régimen sancionador en materia de juego: 382,15 euros.
12. Por la autorización, modificación y cancelación de interconexiones de máquinas recreativas con premio y de azar: 129,20 euros



