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8 septiembre, 2026La Orden ECF/164/2026 da publicidad a las tasas de la Generalitat y confirma que la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar queda excluida de la actualización automática del 2% que sí se aplica al resto de tributos de cuantía fija.
La Generalitat de Catalunya ha publicado la Orden ECF/164/2026, de 3 de septiembre, por la que se da publicidad a las tasas de carácter general de sus departamentos y del Departamento de Economía y Finanzas, en cumplimiento de la obligación recogida en el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat (Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio).
El texto recuerda que la Ley 10/2026, de 9 de julio, de presupuestos de la Generalitat para 2026, establece en su artículo 44 que los tipos de cuantía fija de las tasas vigentes se eleven este año aplicando el coeficiente 1,02 —esto es, un 2%— sobre la cuantía de 2025. De esa actualización automática quedan expresamente excluidas tres figuras: las tasas ya modificadas por la Ley de medidas fiscales, administrativas y financieras, la tasa por el servicio de guarda de vehículos del Patronato de la Montaña de Montserrat y la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar.
Fuente: InfoPlay, 8 de septiembre de 2026





