
Circular 23 | Jornada sobre el control de acceso en establecimientos de juego en Catalunya
6 septiembre, 2023
Circular 25 | Protocolo de actuaciones en solicitudes de aplazamiento del pago de la tasa fiscal sobre el juego de las máquinas recreativas
29 septiembre, 2023Desde el 15 de abril de 2023, el límite exento de aportar garantías en los aplazamientos / fraccionamientos de las deudas gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se elevó de 30.000euros a 50.000 euros
Como les informamos en la circular n 18, desde el 11 de junio de 2023, en Catalunya, el límite exento de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos a la Generalitat de Catalunya (entre los que se encuentra la tasa fiscal sobre el juego), es de 50.000 euros
A partir del 30 de septiembre de 2023, se aplicará la ORDEN ECO/221/2023, de 26 de septiembre, POR LA QUE SE DETERMINA EL LIMITE EXENTO RESPECTO DEL CUAL EN LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO NO SERA NECESARIA LA PRESTACION DE GARANTIA, publicada hoy en el DOG de Catalunya
Esta Orden hace extensivo el límite de 50.000 euros dispensados de presentar garantía, a las solicitudes de aplazamiento/fraccionamiento de todos los ingresos de derecho público de la Generalitat de Catalunya
Se aplicará a las deudas de una misma persona, en periodo voluntario o ejecutivo, en su conjunto, por lo que se computan las deudas incluidas en la solicitud de aplazamiento/fraccionamiento, las deudas de otras solicitudes de aplazamiento/fraccionamiento que estén pendientes de resolver, y los vencimientos pendientes de ingreso de deudas aplazadas/fraccionadas que no estén garantizadas.
Igualmente, hoy se ha publicado en el DOG de Catalunya, la ORDEN ECO/222/2023, de 26 de septiembre, POR LA QUE SE DETERMINAN LOS REQUISITOS PARA NO LIQUIDAR Y
ANULAR LAS LIQUIDACIONES DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA.
Esta Orden dispone que la ATC no dictará liquidaciones inferiores a 6 euros.
Los directores competentes establecerán los límites a partir de los que se dictarán liquidaciones por los órganos de las Administración de la Generalitat de Catalunya y de sus entidades autónomas.
En liquidaciones de la ATC, o de otros órganos o entidades autónomas, cuando la gestión recaudatoria esté en periodo ejecutivo y el importe sea igual o inferior a 6 euros, se anulará y dará de baja la liquidación
Para las solicitudes de aplazamiento/fraccionamientos presentados antes del 11 de junio de 2023 y que estén pendientes de resolver, el límite exento de garantía será de 30.000euros, y será anuladas las liquidaciones que no excedan de 6 euros. Las presentadas a partir del 11 de junio se les aplicará el límite de 50.000 euros.



