Frente común de los restauradores para defender sus terrazas
8 julio, 2015La ONCE pide al Gobierno que acabe con la venta de cupones ilegales
15 julio, 2015El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que las legislaciones nacionales de los Estados miembros no pueden impedir que la explotación de juegos de azar se limite a los casinos, pues consitutuye un obstáculo a la libre prestación de servicios. El Tribunal sostiene que “cuando el legislador nacional revoca una autorización que permite a su titular ejercer una actividad económica, le incumbe prever un sistema de compensación razonable o un período transitorio de duración suficiente para que el titular pueda adaptarse”. La sentencia destaca también la incidencia que la fiscalidad de los países pueden tenersobre este los juegos de azar. El Tribunal considera que gravar con tipos especialmente elevados este tipo de actividad, puede suponer, también, una limitación a la libre circulación. “Una medida que eleva en gran cuantía el importe de los impuestos también puede considerarse restrictiva si puede impedir u obstaculizar el ejercicio de la libre prestación de los servicios”, indica. (TJUE, 11-06-2015)




