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22 abril, 2022MODIFICACIÓN DEL USO DE LAS MASCARILLAS EN CATALUNYA
Hoy se ha publicado en el DOG de Catalunya la RESOLUCIÓN SLT/1131/2022, de 21 de abril, por la que se modifica la obligatoriedad del uso de la mascarilla como medida en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
El contexto actual permite revisar la obligatoriedad del uso de las mascarillas en espacios interiores.
Así, desde hoy 22 de abril de 2022, se deja sin efecto la obligatoriedad de su uso, entre otras, en actividades de hostelería y restauración
En el entorno laboral, con carácter general, no es obligatorio su uso. Ahora bien, las personas responsables en prevención de riesgos laborales podrán indicar como medida preventiva el uso de la mascarilla.
Continúa siendo obligatoria en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas que trabajan en ellos, de los visitantes y de los pacientes a excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación; en los centros sociosanitarios, por parte de las personas que trabajan en ellos y los visitantes cuando estén en zonas compartidas; en los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros, y en los espacios cerrados de barcos y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo las cabinas, cuando sean compartidas por núcleos de convivientes.
Se recomienda para todas las personas con mayor vulnerabilidad que mantengan el uso de la mascarilla en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a una distancia inferior a 1,5 metros. Así, en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado; en los eventos multitudinarios, y en el entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas, en función de la vulnerabilidad de los participantes.



