PLAZO: DESDE HOY 6/4/2022 A LAS 14h DEL DÍA 3/5/2022
En estos últimos días se han publicado en el DOG de Catalunya, dos Resoluciones que pudieran ser de su interés, referentes a las ayudas extraordinarias para las actividades de restauración afectadas por la COVID 19.
Las disposiciones aprobadas, en diciembre de 2021 y enero de 2022, en materia de salud pública limitaron la actividad de hostelería, y a efectos de reactivar e impulsar estas actividades, la Generalitat ha acordado otorgarles ayudas económicas.
Las ayudas van destinadas a las empresas que prestan actividades de restauración, los bares, restaurantes y cafeterías, incluidos aquellos que se encuentran dentro de un establecimiento colectivo como pueden ser centros comerciales o mercados municipales.
El importe de las ayudas es:
El procedimiento de concesión de las ayudas es el de concurrencia no competitiva, cuyo criterio es el orden cronológico de presentación de las solicitudes hasta que se agote la dotación presupuestaria. En el supuesto de ampliarse la dotación, los beneficiarios excluidos por falta de presupuesto recibirán la ayuda solicitada, con carácter prioritario, teniendo en cuenta el orden cronológico de su solicitud, sin que sea necesario volver a presentar una solicitud.
El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación correspondiente, comienza a las 9:00h del día 6 de abril de 2022 hasta las 14:00h del día 3 de mayo de 2022 o hasta el agotamiento del presupuesto.
Las solicitudes deben presentarse con el modelo normalizado que está a disposición de los interesados en la sede corporativa de Canal Empresa de la Generalidad de Cataluña, en la página web del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña o en la página web del Departamento de Empresa y Trabajo.
Se deben presentar por medios telemáticos, acompañadas de la documentación que prevén las bases, si procede, a través del Canal Empresa .
La identificación de la persona solicitante se hará a través de los sistemas de firma electrónica admitidos por la Sede Electrónica
El modelo normalizado incluirá los datos de domiciliación bancaria de la persona beneficiaria donde, en su caso, se hará efectivo el pago de la ayuda.
Las personas solicitantes pueden hacer el seguimiento del estado de la solicitud en el espacio “Mi carpeta” de la sede electrónica de la Generalidad de Cataluña o a través del espacio “Mi carpeta” del portal Canal Empresa.
En el supuesto de interrupción del normal funcionamiento de la Sede Electrónica por incidencia técnica se determinará la ampliación del plazo no vencido y se publicará tanto la incidencia técnica como la ampliación concreta del plazo no vencido.