
Circular 8 | Medidas COVID
17 febrero, 2022
Circular 10 | Información de la Direcció General de Tributs i Jocs, tasas administrativas 2022
28 febrero, 2022TASAS ADMINISTRATIVAS 2022.
La Ley de Presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2022, incrementó las tasas de gestión un 1% respecto al 2021.
La normativa obliga a publicar a los departamentos correspondientes de la Generalitat, en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la Ley de presupuestos, la relación de las tasas actualizadas.
En su cumplimiento, se ha publicado hoy en el DOG de Catalunya, la ORDEN ECO/21/2022, de 22 de febrero, por la que se da publicidad a las tasas con carácter general de los departamentos de la Generalitat de Catalunya y del Departamento de Economía y Hacienda.
Así, se dispone en el punto 6 de esta Orden, la Tasa por la prestación de servicios en materia de juegos y apuestas (artículo 15.1.4 del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Catalunya).
a) Servicio o actividad que devenga la tasa: la prestación en materia de juego y apuestas de las actuaciones y servicios administrativos.
b) Órgano gestor: Dirección General de Tributos y Juego.
c) Cuota:
El importe de la cuota corresponde a los siguientes conceptos:
1. Emisión de documentos de homologación de material de juego o inscripción en el Registro de modelos: 249,35 euros.
2. Inscripción, autorización y renovación de empresas:
2.1. Inscripción en los registros y autorización de empresas de juego: 311,20 euros.
2.2. Modificaciones de las condiciones de inscripción y autorización de empresas de juego: 62,15 euros.
3. Emisión de documentos profesionales: 37,05 euros.
4. Autorización, renovación o régimen de comunicación de locales y establecimientos:
4.1. De casinos de juego: 6.230,25 euros.
4.2. De salas de bingo: 1.245,80 euros.
4.3. De salones de juego (máquinas B): 622,90 euros.
4.4. [suprimido por la Ley 5/2020, de 29 de abril]
4.5. De otros locales de juego: 62,15 euros.
4.6. Modificación de autorizaciones de constitución y funcionamiento de locales y establecimientos de juegos: 62,15 euros.
5. Expedición y duplicados de permisos de explotación: 124,30 euros.
6. Diligencias relativas a la tramitación de la instalación o el emplazamiento y a los permisos para la
explotación de las máquinas recreativas y de azar, y diligencias relativas a los libros: 62,15 euros.
7. Examen de expediente de autorizaciones o de comunicaciones de rifas, tómbolas, combinaciones aleatorias y apuestas: 62,15 euros.
8. Expedición de duplicados: 50% de la cuota.
9. Expedición de permiso de explotación por sustitución con emplazamiento: 247,90 euros.
10. Expedición de permiso de explotación con emplazamiento: 186,10 euros.
11. Obtención de la habilitación como entidad de inspección o como laboratorio de ensayos: 1.245,75 euros.
En función del tipo de habilitación solicitada deben pagarse, además, las siguientes tasas:
11.1. Por ensayos previos de homologación de máquinas recreativas de los tipos B y C: 371,00 euros.
11.2. Por la autorización de otros elementos y material de juego y apuestas o por inspecciones técnicas para la renovación de permisos de explotación de máquinas recreativas y de azar: 254,70 euros.
11.3. Por la comprobación del funcionamiento correcto de los aparatos y los materiales de juego y apuestas: 331,75 euros.
11.4. Por la inspección y el control técnico de las instalaciones, de acuerdo con lo que establece el artículo 20.3 de la Ley 1/1991, del 27 de febrero, reguladora del régimen sancionador en materia de juego: 371,00 euros.
12. Por la autorización, modificación y cancelación de interconexiones de máquinas recreativas con premio y de azar: 125,40 euros.



