Especial incidencia tiene las distancias entre salones.
ANESAR y ANDEMAR CV han presentado alegaciones al proyecto de Decreto por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego.
Señalan «aceptación de la oportunidad de la medida planificadora de las distancias entre salones de juego y locales de apuestas entre sí a 700 metros radiales y con centros de enseñanza reglada no universitaria a 150 metros así como en favor del mantenimiento del servicio de admisión selectivo por zonas de juegos, tal y como está regulado en la actualidad a partir de máquinas con premios superiores a 1.500 € e interconectados entre salones, terminales de apuestas y máquinas auxiliares de apuestas cuyo precio de apuesta supere los 20 €».
Además entienden justificada «la petición de modificación de la Disposición Transitoria Segunda que debería modificar o derogar a su vez también la Disposición Transitoria del reciente Decreto 204/2018 de 16 de noviembre, a fin de evitar que en el futuro pudieran ser aceptadas todos los expedientes y las solicitudes vivas en tramitación presentadas en el periodo comprendido entre la publicación de la Sentencia de la Audiencia Nacional de 8 de marzo de 2018 que anula los arts. 4 y 9 del Decreto 55/2015 y la entrada en vigor del Decreto 204/2018 que establece una nueva distancia de 700 metros por si en el futuro dicha sentencia fuera confirmada en casación por el Tribunal Supremo ya que en su caso no hubiera existido distancia alguna durante dicho intervalo de tiempo según la normativa vigente en el momento en el que fueron solicitadas y presentadas dichas autorizaciones de instalación de nuevos salones, siendo ello contradictorio con las bondades de la nueva medida planificadora proyectada ahora».