El juego online crece en España. Con un circulante de 13.600 millones de euros mantiene su tendencia en ascenso en un año en que las demás modalidades de apuestas han caído.
El mercado español de juegos y apuestas fue regulado en 2011 por la Ley 13/2011 y una serie de disposiciones legales. Actualmente hay alrededor de 80 operadores que ofrecen sus servicios de juego online en España y los ingresos brutos de juego (GGR) de este mercado siguen creciendo.
La última ventana de licencias se cerró a finales de 2018 y no se espera una nueva ventana en el corto plazo. Dada esta situación y dado que las licencias de juegos y apuestas son intransferibles según la normativa española, por el momento sólo pueden adquirirse mediante la compra de la empresa titular de las mismas.
A día de hoy, según el informe del segundo trimestre de 2020 de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) del regulador español, el número de operadores activos por segmento es: de apuestas, bingo, casino, concursos y póquer.
La oferta de cualquier actividad de juego o apuestas en España está sujeta a la obtención de una licencia previa. La ley prevé tres tipos de licencias: Licencia General, Licencia Singular y Autorización.
Estas licencias autorizan a los operadores a ofrecer aquellos juegos clasificados dentro de las categorías de loterías, apuestas, rifas, concursos y otras actividades como jugar a la ruleta. Las licencias que solo se pueden obtener durante las ventanas de licencias son las de apuestas, otros juegos y concursos. Estas Licencias Generales tendrán una vigencia de 10 años y podrán ser renovadas por igual período de tiempo.
De acuerdo con la normativa, aquellos operadores que presten sus servicios de juego a clientes y sean propietarios de una plataforma de juego estarán obligados a obtener una licencia. No obstante, aquellas empresas que realicen “parcialmente” actividades de juego también estarán obligadas a obtener una licencia si sus ingresos por dicha actividad están directamente relacionados con los ingresos obtenidos de la actividad de juego.
Este reglamento también se refiere a aquellas empresas que tendrán la consideración de operador y coorganizador del juego. En este sentido, se refiere a las empresas que gestionan las plataformas de juego de las que son miembros o se adhieren otros operadores. Esto se refiere particularmente a las redes de póquer y bingo, u otras redes administradas por una empresa coorganizadora.
Se permite la publicidad, promoción y patrocinio de actividades de juego y apuestas, pero sólo cuando se refieran a actividades de juego y apuestas debidamente autorizadas en España. Las licencias de juego concedidas en otros países no son válidas para ofrecer, publicitar o promocionar juegos en España.
La publicidad de actividades de juego o apuestas por parte de operadores que no dispongan de la correspondiente licencia es una actividad ilegal en España, sujeta a cuantiosas multas que puede imponer la DGOJ.
Las agencias de publicidad, los canales de medios o los editores de sitios web de Internet son responsables de asegurarse y verificar, antes de publicar cualquier anuncio o promoción, que el operador/anunciante esté debidamente autorizado; y que dicha publicidad particular está permitida en el marco de la licencia de operador a través del Registro General de Licencias de Juego que lleva la DGOJ. En todo caso, si estas entidades mediáticas difundieran publicidad de operadores no autorizados también serían responsables.
Cabe mencionar el Código de Conducta sobre comunicaciones comerciales para actividades de juego, recientemente implementado, que entró en vigor el 15 de enero de 2020, y es aplicable a todas las empresas adheridas a este código de conducta. De los 80 operadores de juego online actualmente autorizados en España, 48 están adheridos al referido código de conducta.
Es importante señalar que el nuevo Gobierno en España ha adoptado una posición más restrictiva hacia el sector del juego y, por ello, en noviembre de 2020 se aprobó recientemente un proyecto de Real Decreto sobre Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego en España. Este Real Decreto es muy restrictivo y prohibitivo para la publicidad en diversos ámbitos como la comunicación comercial digital y audiovisual, patrocinios, bonificaciones y predictores de apuestas.