Loyra abogados está realizando un análisis para profundizar en las interesantes consecuencias jurídicas que estas dos sentencias van a tener para el sector del juego presencial y online.
Loyra Abogados informa que el El Tribunal Supremo ha declarado en dos sentencias que el juego online no era legal en España antes de la Ley 13/2011, de 27 de mayo.
“Sin embargo, dicha prohibición, sin haberse planteado cuestión prejudicial por considerarse acto claro (lo cual tiene múltiples matices), era contraria a las disposiciones y libertades proclamadas por el artículo 56 del TFUE, que podían ser invocadas por operadores intracomunitarios (no así por los no comunitarios)”, señalan desde Loyra. «Estas sentencias abren un complejo debate para las empresas que, confiando en el marco regulatorio español que contenía una clara prohibición, tomaron la decisión de no operar en España hasta obtener la preceptiva licencia”.
El despacho señala que “son múltiples las ramificaciones que existen: responsabilidad patrimonial y otras vías que, recomendamos, sean estudiadas con la profundidad que amerita este ‘terremoto’ para nuestro sector. Terremoto que llega ocho años después de otorgarse las primeras licencias”.
Por último matizan: “Desde LOYRA estamos realizando un análisis para profundizar en las interesantes consecuencias jurídicas que estas dos sentencias tan recientes van a tener para el sector del juego tanto presencial como online”.