La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha modificado, entre otros asuntos, el cómputo de los plazos establecidos en la tramitación de temas que obligan a las administraciones públicas.
En su artº 30, introduce como novedades el cómputo de plazo por horas y la declaración de los sábados como días inhábiles, unificándose de este modo el cómputo de plazos en el ámbito judicial y administrativo. Asimismo se considerarán hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil.
El hecho de que a partir del 3 de octubre de 2016, los sábados son días inhábiles, lo tendremos que tener en cuenta en muchos de los procedimientos administrativos que habitualmente tramitamos en el sector.
En consecuencia, y según nos informan de la Direcció General de Tributs i Joc, la fecha límite para solicitar la suspensión temporal de los permisos de explotación para el primer trimestre de 2017, es, en todos los Servicios Territoriales, el día 9 de diciembre de 2016.