
Número 1
2 enero, 2020
Número 3
28 febrero, 2020PROYECTO DE PRESUPUESTOS DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA
I.- Ayer, 29 de enero de 2020, se aprobó por el Govern y se presentó en el Parlament de Catalunya el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2020, iniciándose así el trámite para su validación definitiva. El proyecto, en su artº 44, mantiene para el 2020 los importes de las tasas exigibles en el 2019, salvo las que sean objeto de modificación por la Ley de medidas fiscales, financieras y administrativas.
Consecuentemente, no hay previsión de incremento de tasa fiscal sobre el juego para el 2020,
II.- Respecto al Anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales para el 2020, como les informamos en la circular nº 26, de 24 de diciembre de 2019, respecto a la actividad de juego, quedan afectadas las siguientes normas:
– Modificación de la tasa por la prestación de servicios en materia de juego y apuestas
Se suprime el apartado 4.4 del artículo 15.1-4 de la Ley de tasas y precios públicos, que establece la cuota de los salones recreativos (máquinas tipo A) Se modifica el apartado 11.1 del artículo 15.1-4 de la Ley de tasas y precios públicos, incrementando la cuota, quedando redactado de la siguiente forma: “11.1. Para ensayos previos de homologación de máquinas recreativas del tipo B y C: 367,30 euros.”
– Modificación de la Ley 11/2009 (Consell Assessor d’Espectacles Públics i d’Activitats Recreatives i inspeccions en matèria d’establiments públics, espectacles públics i activitats recreatives)
– Modificación de la Ley 5/1986 (Entitat Autònoma de Jocs i Apostes)
– Disposiciones derogatorias:
Se deroga el apartado segundo del artículo 3 del Reglamento sobre el régimen de pago de los tributos de juego aprobado por el Decreto 2/2014, de 7 de enero, que dispone: «En el caso de máquinas o aparatos automáticos, el sujeto pasivo puede solicitar a la persona titular de la Delegación Territorial en Barcelona de la Agencia Tributaria de Cataluña la autorización para presentar la autoliquidación y el ingreso del tributo de máquinas recreativas y de azar mediante soporte magnético. En este caso, una vez concedida la autorización, el sujeto pasivo debe efectuar la presentación e ingreso mencionados según el modelo que le suministre la Agencia Tributaria de Cataluña.»
III.- Igualmente, el proyecto de Ley de Presupuestos establece en su disposición adicional primera, que hasta el 31 de diciembre de 2020, el interés legal del dinero y el interés legal de demora será el establecido por la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente.
Les mantendremos informados sobre la aprobación de los presupuestos


