
Numero 56
11 junio, 2020
Numero 58
19 junio, 2020TASA DE JUEGO. BONIFICACION, PLAZOS PRESENTACION E INGRESO
Estimado socio/a y amigo/a:
Hoy se ha publicado en el DOG de Catalunya el DECRETO LEY 23/2020, de 9 de junio, de
medidas urgentes en materia tributaria.
Entre otras cuestiones este Decreto Ley establece:
I- NUEVOS PLAZOS DE PRESENTACION DE LAS AUTOLIQUIDACIONES E INGRESO DE LA TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO
Del 14 de marzo al 30 de junio, ambos incluidos, quedan suspendidos los plazos de presentación de autoliquidaciones e ingreso de la tasa fiscal sobre el juego.
Los plazos de presentación e ingreso fijados por este nuevo Decreto Ley son:
a/ En el tributo que grava el juego de bingo, y para los cartones suministrados en los meses de
febrero, marzo y abril de 2020, el plazo comprende del 1 al 15 de julio de 2020. En el tributo que grava las máquinas recreativas y de azar:
a) Para la autoliquidación correspondiente al primer trimestre, el plazo finaliza el 7 de julio de 2020.
b) Para la autoliquidación correspondiente al segundo trimestre, el plazo comprende del 1 al 20 de septiembre de 2020, o el día posterior inmediato hábil.
En el tributo que grava los juegos en casinos, el pago fraccionado correspondiente al primer trimestre de 2020, y se efectuará del 1 al 20 de julio de 2020.
II- BONIFICACION DE LA TASA DE JUEGO. MAQUINAS RECREATIVAS
Para hacer efectiva la bonificación prevista en el arto 5 del Decreto ley 11/2020, de 7 de abril, que establecía una bonificación de la cuota en el porcentaje equivalente al número de días que estuviese vigente el estado de alarma, se establecen las siguiente reglas.
a) Bonificación del 100% de la cuota de la tasa correspondiente al segundo trimestre de 2020.
b) Bonificación del 10% de la cuota de la tasa correspondiente al tercer trimestre de 2020.


