MEDIDAS COVID
El 20/2/2021, se publicó en el DOGC la RESOLUCIÓN SLT/436/2021, de 19 de febrero, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
Esta Resolución prorroga y modifica algunas de las medidas adoptadas por la Resolución SLT/275/2021, de 5 de febrero.
Vigencia: del día 22 de febrero a las 00:00 horas del 1 de marzo de 2021, sin perjuicio de la evaluación continuada de las medidas adoptadas.
Mantiene el cierre de salones de juegos, casinos y salas de bingo. Actividades de hostelería y restauración (mantiene las mismas medidas de la Resolución anterior), esto es:
El servicio sólo se puede llevar a cabo de las 7:30 horas a las 10:30 horas y de las 13:00 horas a las 16:30 horas. Los clientes no podrán permanecer en el establecimiento fuera de estas franjas horarias.
Estas franjas horarias no son aplicables a los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras, a los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales para dar servicio exclusivamente a las personas que realizan prestación laboral y a las personas que están ingresadas, y a los servicios de comedor de carácter social, para las personas usuarias del servicio.