Tras alguna inspección realizada en las últimas semanas por los Mossos d’Esquadra en establecimientos de hostelería, y consultas que nos han llegado por empresas operadoras, les recordamos que todas las máquinas recreativas instaladas deben llevar de forma visible desde el exterior:
En la parte frontal de las máquinas, como mínimo a menos de tres centímetros del dispositivo en el que se introducen las monedas o en un lugar visible por la persona jugadora en la parte frontal derecha, se fijará un letrero normalizado, donde conste la prohibición de su utilización a los menores de 18 años y de que la práctica abusiva del juego puede crear adicción.
En las máquinas tipo C, en su parte frontal, como mínimo a menos de tres centímetros del dispositivo en el que se introducen las monedas o en un lugar visible por el jugador en la parte frontal derecha, se fijará un letrero normalizado donde conste que la práctica abusiva del juego puede crear adicción.
En los locales donde estén instaladas las máquinas, deberá encontrarse la siguiente documentación:
Las características de los letreros normalizados están reguladas en la Orden IRP/474/2009, de 2 de noviembre.