
Número 75
10 septiembre, 2020
Número 77
18 septiembre, 2020PRORROGA MEDIDAS SANITARIAS COVID 19
Hoy se han publicado en el DOG de Catalunya las Resoluciones SLT/2228/2020, SLT/2229/2020 y SLT/2230/2020, todas del 15 de septiembre, por las que se prorrogan durante 15 días a partir de hoy, 16 de septiembre, las medidas sanitarias en:
- Barcelona, Viladecans, El Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, L’Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs, Badalona, Sant Feliu de Llobregat, Castelldefels y Gavà.
- En los municipios de la comarca de La Noguera siguientes: Àger, Albesa, Algerri, Avellanes i Santa Linya, Balaguer, Bellcaire d’Urgell, Bellmunt d’Urgell, Camarasa, Castelló de Farfanya, Cubells, Ivars de Noguera, Menàrguens, Montgai, Os de Balaguer, Penelles, La Sentiu de Sió, Térmens, Torrelameu, Vallfogona de Balaguer
- Girona y Salt
Las medidas aplicables a las actividades de hostelería y restauración son::
- En los establecimientos de hostelería y restauración el consumo se tiene que realizar siempre en mesa.
- En el interior el aforo se limita al 50% del autorizado y se ha garantizar una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de estas.
- En las terrazas se limita la capacidad del espacio autorizado al 50% y se tiene que garantizar una distancia de 2 metros entre mesas o grupos de mesas, con un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
- El horario de cierre de estos establecimientos es a la 1:00 horas como máximo, sin que se puedan admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
- En los establecimientos hoteleros, el aforo de los espacios comunes se limita al 50% del aforo autorizado.
- Los establecimientos de hostelería y restauración tienen que disponer, en lugares visibles, de carteles indicativos del aforo autorizado de los espacios interiores y de la capacidad de ocupación máxima de las terrazas y de su limitación al 50%.
- Siempre que sea posible, se tienen que utilizar preferiblemente servicio a domicilio y pedidos para llevarse.
Asimismo, se ha publicado en el DOG de Catalunya la RESOLUCIÓN 910/XII del Parlamento de Cataluña, de convalidación del Decreto ley 30/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, del cual le informamos en la Circular no 71 del 7 de agosto.


