
Número 84
13 octubre, 2020
Número 86
20 octubre, 2020MEDIDAS SANITARIAS COVID 19
Hoy se ha publicado en el DOG de Catalunya la RESOLUCIÓN SLT/2546/2020, de 15 de octubre, por la que se adoptan nuevas medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
Entra en vigor hoy 16 de octubre de 2020, excepto la limitación de reuniones y encuentros familiares, actos religiosos y actividades docentes universitarias cuya entrada en vigor se condiciona a la previa autorización del TSJ de Catalunya.
Consecuentemente a partir de hoy y durante quince días:
- Se suspende la apertura al público de actividades de salones de juegos, casinos y salas de bingo.
- Se suspenden las actividades de restauración, en todo tipo de locales y establecimientos. Se podrán realizar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento con cita previa.
- Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos podrán permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, además de poder prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento con cita previa.
- Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y servicios de comedor de carácter social podrán permanecer abiertos
- En los establecimientos hoteleros, el aforo de los espacios comunes se limita al 50% del aforo autorizado, el cual estará identificado en carteles visibles.
La inspección y régimen sancionador corresponde a los ayuntamientos y a la Administración de la Generalidad de Cataluña, en el ámbito de sus competencias. Es aplicable el régimen sancionador de acuerdo con el Decreto ley 30/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la COVID-19.


