TRÁMITES MÁQUINAS RECREATIVAS
Estimado socio/a y amigo/a:
Cada día son más numerosas las notificaciones de diligencias de embargo de la AEAT, Juzgados, Seguridad Social, etc, que reciben las empresas operadoras, en relación a los créditos que pudieran tener pendientes de pago con los establecimientos de hostelería.
Igualmente estos expedientes administrativos de apremio y diligencias de embargo son notificadas a los Serveis Terriorials del Joc i d’Espectacles. El Departament toma debida nota de estas diligencias reseñando en su sistema informático la situación del local.
Todo ello conlleva unas consecuencias para las empresas operadoras desde hace tiempo, y creemos que pudieran ser de su interés.
Así, cuando consta en el establecimiento de hostelería el embargo de créditos, el sistema no permite que se tramiten las autorizaciones de emplazamiento de forma telemática. Únicamente se puede realizar el trámite de forma presencial. Es importante porque el impreso normalizado de la solicitud de la autorización de emplazamiento de máquinas recreativas (trámite presencial) es diferente que el contrato de autorización de emplazamiento entre empresa operadora y titular del establecimiento (trámite telemático).
Es aconsejable comprobar, antes de firmar el documento correspondiente a la autorización de emplazamiento, si el local consta en el sistema como “embargado”.