BAJAS TEMPORALES
Recuerde que de acuerdo con el artº 22.8/ del Reglamento de máquinas recreativas y de azar, la solicitud de suspensión temporal de los permisos de explotación debe presentarse con una antelación mínima de quince días a la fecha de inicio de suspensión temporal.
Consecuentemente, el último día para presentar la solicitud de la suspensión temporal de los permisos de explotación para el 1er trimestre de 2021, es el 10 de diciembre de 2020.
Restamos a su disposición para cualquier consulta o aclaración.