MEDIDAS SANITARIAS CATALUNYA
Hoy se ha publicado en el DOG de Catalunya la RESOLUCIÓN SLT/2983/2020, de 21 de noviembre, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
Las medidas adoptadas en esta Resolución entran en vigor el lunes 23 de noviembre de 2020. Y tienen una vigencia de 14 días, esto es, hasta el 6 de diciembre de 2020.
Respecto a las salas de juego: en el punto 12 establece la suspensión de la apertura al público de actividades de salones de juegos, casinos y salas de bingo.
Respecto a las actividades de hostelería y restauración (punto 13): Podrán abrir con las siguientes limitaciones:
- El consumo se tiene que realizar siempre en la mesa.
- En el interior, el aforo se limita al 30% del autorizado y se ha garantizar una distancia mínima debidamente señalizada de dos metros entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas diferentes.
- Se tiene que garantizar la ventilación del espacio mediante ventilación natural u otros sistemas de ventilación.
- En las terrazas se tiene que garantizar una distancia mínima debidamente señalizada de dos metros entre comensales de mesas o grupos de mesas diferentes.
- Se limita a cuatro el número máximo de comensales por mesa o agrupación de mesas, excepto que pertenezcan a la “burbuja de convivencia”
- Se tiene que garantizar la distancia de un metro entre personas de una misma mesa, excepto para personas que pertenezcan a la “burbuja de convivencia”. El tipo y tamaño de mesa tiene que permitir que se garanticen estas distancias.
Horarios:
- Los servicios de mesa de 6.00 horas a 21:30 horas.
- La recogida en el establecimiento de 6.00 horas a 22.00 horas.
- La prestación de servicios a domicilio de 6.00 horas a 23.00 horas
Se tienen que cumplir siempre todas las indicaciones del Plan sectorial de la restauración aprobado por el Comité de Dirección del Plan de actuación del PROCICAT.
Descargar el PLA ACCIÓ SECTOR RESTAURACIÓ.
Descargar la Resolución.