MEDIDAS ESPECIALES COVID-19 EN MUNICIPIOS DE LLEIDA
Ayer les informamos sobre la publicación de la Resolución del Departamento de Salud SLT / 1671/2020 , por la que se adoptaban medidas especiales para la contención del brote epidémico de la pandemia de Covidi-19 en la comarca del Segrià. Medidas que establecían restricciones de entrada y salida, confinamiento domiciliario y suspensión de algunas actividades, entre ellas hostelería y restauración.
La aplicación de medidas limitativas de derechos fundamentales requiere la ratificación judicial, por lo que el Govern solicitó la misma al Juzgado de Guardia, quien denegó su ratificación.
En aras de subsanar la decisión judicial, hoy se ha publicado en el DOG de Catalunya, el DECRETO LEY 27/2020, de 13 de julio, de modificación de la Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública, y de adopción de medidas urgentes para hacer frente al riesgo de brotes de la COVID- 19.
Se modifica la Ley de Salud Pública estableciendo de manera expresa las medidas que se pueden adoptar en situaciones de pandemia, delimitando el procedimiento a seguir y los indicadores que justifiquen objetivamente la adopción de las mismas.
Les adjuntamos el texto normativo que entra en vigor hoy 14 de julio.
Consecuentemente, y en virtud del Decreto Ley publicado hoy en el DOG de Catalunya, en aplicación de la Resolución SLT/1671/2020, se restringe, para los municipios de Lleida ciudad, Alcarràs, Aitona, La Granja d’Escarp, Massalcoreig, Seròs, Soses y Torres de Segre, y en las entidades municipales descentralizadas de Sucs y Raimat, la entrada y salida de los mismos, los desplazamientos personales y se suspenden las actividades culturales, de espectáculos públicos, recreativas, deportivas y de ocio nocturno, así como las actividades de hostelería y restauración (que deberán prestase exclusivamente mediante servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento con cita previa).