PRORROGA MEDIDAS SANITARIAS COVID 19 AMPLIACION EN HOSTELERIA
Hoy se han publicado en el DOG de Catalunya las siguientes disposiciones:
1.- RESOLUCIÓN SLT/2114/2020, de 31 de agosto, por la que se prorrogan determinadas medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de la COVID-19 en los municipios de Barcelona, Viladecans, El Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, L’Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs, Badalona, Sant Feliu de Llobregat, Castelldefels y Gavà, y se amplían las medidas en relación con las actividades de hostelería y restauración.
Mediante esta Resolución se prorrogan determinadas medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 adoptadas por la Resolución SLT/2071/2020, de 14 de agosto. Entra en vigor hoy 1 de septiembre de 2020, con una duración de 15 días.
Además, se establece para las actividades de hostelería y restauración que el consumo se tiene que realizar siempre en mesa.
2.- RESOLUCIÓN SLT/2115/2020, de 31 de agosto, por la que se prorrogan determinadas medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de la COVID-19 en determinados municipios de la comarca de La Noguera y de la comarca de El Segrià, y se amplían las medidas en relación con las actividades de hostelería y restauración.
Mediante esta Resolución se prorrogan determinadas medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 adoptadas por la Resolución SLT/2072/2020, de 14 de agosto, para determinados municipios de la comarca de la Noguera y de la comarca del Segrià y se amplían las medidas en relación con las actividades de hostelería y restauración. Los municipios afectados por estas medidas son: Els Alamús, Albatàrrec, Alcanó, Alcoletge, Alfarràs, Alfés, Alguaire, Almacelles, Almatret, Almenar, Alpicat, Aspa, Corbins, Llardecans, Maials, Montoliu de Lleida, la Portella, Puigverd de Lleida, Rosellón, Sudanell, Sunyer, Torrebesses, Torrefarrera, Torreserona, Vilanova de Segrià, Vilanova de la Barca, Àger, Albesa, Algerri, Les Avellanes y Santa Linya, Balaguer, Bellcaire d’Urgell, Bellmunt d’Urgell, Camarasa, Castelló de Farfanya, Cubells, Ivars de Noguera, Menàrguens, Montgai, Os de Balaguer, Penelles, Térmens, Torrelameu, La Sentiu de Sió, Vallfogona de Balaguer. Igualmente, estas medidas son aplicables a las entidades municipales descentralizadas de Sucs y Raimat.
Las medidas establecidas son las mismas que las dispuestas en la Resolución anterior (RESOLUCION SLT/2014/2020).
Entra en vigor hoy 1 de septiembre de 2020, con una duración de 15 días