
Número 66
20 julio, 2020
Número 68
3 agosto, 2020Se ha publicado en el DOG de Catalunya la RESOLUCIÓN SLT/1840/2020, de 24 de julio, por la que se adoptan medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19.
Entra en vigor a las 00,00horas del 25 de julio de 2020. El plazo de duración de las medidas es de 15 días.
En esta Resolución se establecen medidas especiales en materia de salud pública para la contención de la expansión de la pandemia causada por la COVID-19.
En los municipios de Lleida, Alcarràs, Aitona, La Granja d’Escarp, Seròs, Soses y Torres de Segre continúan vigentes las restricciones establecidas contenidas en la Resolución SLT/1698/2020.
Se suspende, en todo el territorio de Cataluña, la apertura al público de los locales y establecimientos siguientes: establecimientos abiertos al público que dispongan de licencia para las actividades de discoteca, salón de baile y sala de fiestas con espectáculo.
Igualmente quedan suspendidas las actividades musicales con pistas de baile o espacios habilitados fuera de los establecimientos establecidos en el apartado precedente.
Se establece el horario de cierre de las actividades de salones de juego, casinos y salas de bingo, en todo el territorio de Cataluña, a las 24 h.
En los municipios de: Barcelona, Viladecans, El Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, L’Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs, Sant Feliu de Llobregat, Badalona, Figueres, Vilafant, Els Alamús, Albatàrrec, Alcanó, Alcoletge, Alfarràs, Alfés, Alguaire, Almacelles, Almatret, Almenar, Alpicat, Aspa, Corbins, Llardecans, Maials, Montoliu de Lleida, La Portella, Puigverd de Lleida, Rosselló, Sudanell, Sunyer, Torrebesses, Torrefarrera, Torre-serona, Vilanova del Segrià, Vilanova de la Barca, Àger, Albesa, Algerri, les Avellanes i Santa Linya, Balaguer, Bellcaire d’Urgell, Bellmunt d’Urgell, Camarasa, Castelló de Farfanya, Cubells, Foradada, Ivars de Noguera, Menàrguens, Montgai, Os de Balaguer, Penelles, Preixens, Térmens, Torrelameu, La Sentiu de Sió, Vallfogona de Balaguer y las entidades municipales descentralizadas de Sucs y Raimat, para las actividades de restaurantes, bares, terrazas, chiringuitos y bares musicales, el horario de cierre se establece a las 24 horas, a menos que las ordenanzas municipales contengan la obligación de cierre antes de esta hora
Corresponde a los ayuntamientos incluidos en el ámbito territorial y a la Administración de la Generalidad de Cataluña, en el ámbito de sus competencias, las funciones de vigilancia, inspección y control de las medidas establecidas en esta Resolución.
El incumplimiento de las medidas recogidas en esta Resolución será objeto de régimen sancionador de acuerdo con la legislación sectorial aplicable.


