Número 7
3 mayo, 2019Número 9
14 mayo, 2019MODIFICACION DECRETO MAQUINAS RECREATIVAS
El Departament de la Vicepresidència i d’Economia i Hisenda, ha notificado a la Asociación Europer, que se ha abierto el trámite de consulta pública previa relativa al Proyecto de decreto por el que se modifica el Reglamento de máquinas recreativas y de azar para introducir nuevas variantes de las máquinas de tipo B especiales para salas de juego y bingos.
Disponemos del plazo de un mes para presentar las aportaciones que consideremos oportunas. Por lo que, si desea hacernos llegar alguna consideración, agradeceríamos nos las hicieran llegar antes del 3 de junio.
La Direcció General de Tributs i Joc, justifica la propuesta en los siguientes términos (se adjunta como anexo a esta circular el texto sometido a consulta previa):
La declaración de nulidad del juego de Binjocs por las Sentencias del TSJ de Catalunya y Auto de inadmisión del Tribunal Supremo, conllevó a que, en ejecución de sentencia, se retirasen 312 terminales de Binjocs, distribuidos en 32 salas de bingo y 62 salones de juego.
En otras comunidades autónomas estas máquinas especiales para salones, bingos y casinos, fueron reguladas como máquinas especiales tipo B (denominadas B1, B2, B3,etc dependiendo de cada CCAA). Son máquinas tipo B especiales porque permiten premios superiores, realización simultanea de un número acumulado de partidas, etc. Como ustedes ya saben, en Catalunya, este tipo de juego se reguló como una variante de lotería de la Generalitat de Catalunya y consecuentemente fue gestionada y comercializada por la EAJA.
La retirada de Binjocs ha supuesto que las empresas autorizadas (bingos, salones y casinos) hayan perdido producto en su oferta de juego, compitiendo en desigualdad de condiciones con otras empresas del resto de comunidades autónomas. Así como, que la Generalitat haya visto mermados sus ingresos por la explotación de este juego.
A resultas de todo ello, la DG de Tributs i Joc considera oportuno elaborar un decreto de modificación del Reglamento de máquinas recreativas y de azar, en el que se introduzca estas maquinas tipo B especiales para su explotación en salones, bingos y casinos, con la finalidad de favorecer la competitividad de las empresas catalanas del sector y mantener el nivel de ingresos de la Generalitat derivados del juego y las apuestas.
La Generalitat estima que la instalación de estas máquinas tipo B especiales, puede suponer para la Administración unos ingresos de 1.254.240,00€ anuales, ya que la tasa fiscal sobre el juego es de 4.020,00€ máquina/año. No obstante, se contempla que en el momento correspondiente se valore la posibilidad de crear una cuota tributaria diferente para estas máquinas.

